¿Qué dice el artículo 14 de la LFT?
«Artículo 14.- La subcontratación de servicios especializados […] deberá formalizarse mediante contrato por escrito […] La persona física o moral que subcontrate servicios especializados […] con una contratista que incumpla con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, será responsable solidaria en relación con los trabajadores utilizados para dichas contrataciones.»
¿Qué significa en lenguaje simple?
Este artículo protege a los trabajadores de empresas subcontratistas que incumplen sus obligaciones (no pagar salarios, prestaciones o seguridad social). Si eso pasa, la empresa que contrató el servicio especializado (la beneficiaria) también es responsable, de forma solidaria, junto con la empresa subcontratista. Para los trabajadores afectados, esto significa que pueden reclamar a cualquiera de las dos empresas.
¿Qué implica en la práctica?
Antes de contratar un servicio especializado, una empresa debe verificar que la subcontratista esté al día con sus obligaciones laborales y de seguridad social, porque si no lo está, la empresa contratante puede terminar pagando esas deudas igual.
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Preguntas frecuentes sobre el artículo 14
¿Qué dice el artículo 14 de la Ley Federal del Trabajo?
Exige que la subcontratación especializada se formalice por escrito y hace responsable solidaria a la empresa contratante si la subcontratista incumple sus obligaciones laborales.
¿A quién le puedo reclamar si mi empresa subcontratista no me paga?
Puedes reclamar tanto a la empresa que te contrató directamente como a la empresa que se benefició de tu trabajo, ya que ambas son responsables solidarias.

