¿Qué dice el artículo 17 de la LFT?
«Artículo 17.- A falta de disposición expresa en la Constitución, en esa Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.»
¿Qué significa en lenguaje simple?
Ninguna ley puede prever absolutamente todos los casos posibles. Este artículo le dice a los jueces laborales qué hacer cuando se enfrentan a una situación que la LFT no resuelve de forma expresa: primero deben buscar disposiciones de la propia ley que regulen casos parecidos, luego principios generales del derecho y de justicia social, después la jurisprudencia (los criterios ya resueltos por tribunales superiores), la costumbre del lugar o industria, y finalmente la equidad.
¿Qué implica en la práctica?
Este artículo es la base para que los tribunales laborales puedan resolver casos nuevos (por ejemplo, situaciones relacionadas con plataformas digitales o nuevas formas de trabajo) aunque la ley todavía no las regule con un artículo específico.
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Preguntas frecuentes sobre el artículo 17
¿Qué dice el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo?
Establece el orden de fuentes que debe usar un juez cuando la ley no prevé expresamente un caso: casos semejantes, principios generales, jurisprudencia, costumbre y equidad.
¿Un juez puede inventar reglas si la ley no dice nada?
No puede inventar libremente; debe seguir el orden de fuentes que marca este artículo, priorizando siempre los principios de justicia social derivados del artículo 123 constitucional.

