Última reforma: párrafo reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1975. El derecho al aguinaldo sigue vigente sin cambios desde entonces.
¿Qué dice el artículo 87 de la LFT?
«Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.»
¿Qué significa en lenguaje simple?
El aguinaldo es un pago anual obligatorio que toda persona empleadora en México debe hacerle a sus trabajadores, sin excepción, antes del 20 de diciembre de cada año. La ley fija un mínimo de 15 días de salario, pero una empresa puede pagar más si así lo establece en su contrato colectivo, contrato individual o política interna; lo que no puede hacer es pagar menos de 15 días.
No es necesario haber trabajado el año completo para tener derecho al aguinaldo. Si entraste a trabajar a mitad de año, tienes derecho a la parte proporcional según los días que hayas trabajado, incluso si ya no estás laborando ahí en diciembre (por ejemplo, si renunciaste o te despidieron en octubre).
¿Cómo se calcula el aguinaldo mínimo?
La fórmula básica es: (salario diario × 15) ÷ 365 × días trabajados en el año. Si trabajaste el año completo, simplemente te corresponden 15 días de tu salario diario.
¿Qué implica para el trabajador?
Tienes derecho a cobrar tu aguinaldo sin importar el tipo de contrato (de tiempo determinado, indeterminado o por obra), tu puesto o si trabajas tiempo completo o parcial. El plazo límite legal es el 20 de diciembre; si tu patrón no te paga para esa fecha, ya está incumpliendo la ley.
¿Qué implica para el empleador?
El pago del aguinaldo es obligatorio y no puede condicionarse a metas, evaluaciones de desempeño o «premios» discrecionales: es un derecho mínimo de ley, distinto de cualquier bono adicional que la empresa decida otorgar. No pagarlo, o pagarlo después del 20 de diciembre, puede dar lugar a una denuncia ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) y a sanciones para la empresa.
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Preguntas frecuentes sobre el artículo 87
¿Qué dice el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo?
Que todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo anual de al menos 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre, y a la parte proporcional si no completó el año de servicio.
¿Cuándo fue reformado el artículo 87 de la LFT?
Su párrafo sobre el pago proporcional fue reformado por decreto publicado en el DOF el 31 de diciembre de 1975. El derecho de 15 días mínimos no ha cambiado desde entonces.
¿Qué pasa si mi empresa no me paga el aguinaldo a tiempo?
Puedes exigirlo directamente a tu empleador y, si no lo paga, presentar una queja ante la PROFEDET o una demanda ante el Tribunal Laboral correspondiente. El derecho al aguinaldo no se pierde aunque ya no trabajes ahí.

